Discurso de Gervasio Sánchez

El Supremo avala a los ayuntamientos para poner límites a la telefonía móvil

Consejo del comité nacional ruso de protección contar la radiación no ionizante

Europa estudia prohibir móviles y Wi-Fi en colegios por riesgo para la salud

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El pasado 7 de mayo de 2008, el fotógrafo y periodista Gervasio Sánchez subió a recoger uno de tantos premios, el Ortega y Gasset que otorga el diario El País, ante la asistencia de un concurrido público, entre ellos estaban también la vicepresidenta del gobierno, el presidente del Senado, varios ministros, Esperanza Aguirre y el alcalde de Madrid, Alberto Ruiz Gallardón, además de todos los demás medios de prensa.

Pues bien, parece ser que no debió ser del gusto de tan ilustre público el discurso de Gervasio Sánchez, cuando éste subió a recoger el premio, condenando dicho discurso al ostracismo y olvido de toda la prensa.

Así que, como la gran mayoría de medios no han querido publicarlo, ofrezco este escrito para que lo lean algunas personas más.

Cuando lo leáis, entenderéis el porqué no han querido darle publicidad.

 

 

 

 

 

Discurso de Gervasio Sánchez

 

 

Estimados miembros del jurado, señoras y señores:

Es para mí un gran honor recibir el Premio “Ortega y Gasset” de Fotografía, convocado por El País, diario donde publiqué mis fotos iniciáticas de América Latina en la década de los ochenta y mis mejores trabajos  realizados en diferentes conflictos del mundo durante la década de los noventa, muy especialmente las fotografías que tomé durante el cerco de Sarajevo.

Quiero dar las gracias a los responsables de Heraldo de Aragón, del Magazine de La Vanguardia y la Cadena Ser por respetar siempre mi trabajo como periodista y permitir que los protagonistas de mis historias, tantas veces seres humanos extraviados en los desaguaderos de la historia, tengan un espacio donde llorar y gritar.

No quiero olvidar a las organizaciones humanitarias Intermon Oxfam, Manos Unidas y Médicos Sin Fronteras, la compañía DKV SEGUROS y a mi editor Leopoldo Blume por apoyarme sin fisuras en los últimos doce años y permitir que el proyecto “Vidas Minadas”, al que pertenece la fotografía premiada, tenga vida propia y un largo recorrido que puede durar décadas.

Señoras y señores, aunque sólo tengo un hijo natural, Diego Sánchez, puedo decir que como Martín Luther King, el gran soñador afroamericano asesinado hace 40 años, también tengo otros cuatro hijos víctimas de las minas antipersonas: la mozambiqueña Sofia Elface Fumo, a la que ustedes han conocido junto a su hija Alia en la imagen premiada, que concentra todo el dolor de las víctimas, pero también la belleza de la vida y, sobre todo, la incansable lucha por la supervivencia y la dignidad de las víctimas, el camboyano Sokheurm Man, el bosnio Adis Smajic y la pequeña colombiana Mónica Paola Ojeda, que se quedó ciega tras ser víctima de una explosión a los ocho años.

Sí, son mis cuatro hijos adoptivos a los que he visto al borde de la muerte, he visto llorar, gritar de dolor, crecer, enamorarse, tener hijos, llegar a la universidad.

Les aseguro que no hay nada más bello en el mundo que ver a una víctima de la guerra perseguir la felicidad.

Es verdad que la guerra funde nuestras mentes y nos roba los sueños, como se dice en la película “Cuentos de la luna pálida” de Kenji Mizoguchi.

Es verdad que las armas que circulan por los campos de batalla suelen fabricarse en países desarrollados como el nuestro, que fue un gran exportador de minas en el pasado y que hoy dedica muy poco esfuerzo a la ayuda a las víctimas de las minas y al desminado.

Es verdad que todos los gobiernos españoles, desde el inicio de la transición, encabezados por los presidentes Adolfo Suárez, Leopoldo Calvo Sotelo, Felipe González, José María Aznar y José Luis Rodríguez Zapatero, permitieron y permiten las ventas de armas españolas a países con conflictos internos o guerras abiertas.

Es verdad que en la anterior legislatura se ha duplicado la venta de armas españolas al mismo tiempo que el presidente incidía en su mensaje contra la guerra y que hoy fabricamos cuatro tipos distintos de bombas de racimo cuyo comportamiento en el terreno es similar al de las minas antipersonas.

Es verdad que me siento escandalizado cada vez que me topo con armas españolas en los olvidados campos de batalla del tercer mundo, y que me avergüenzo de mis representantes políticos.

Pero como Martín Luther King, me quiero negar a creer que el banco de la justicia está en quiebra, y como él, yo también tengo un sueño: que, por fin, un presidente de un gobierno español tenga las agallas suficientes para poner fin al silencioso mercadeo de armas que convierte a nuestro país, nos guste o no, en un exportador de la muerte.


 

 


Muchas gracias.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La foto

premiada

 

Sofía Elface Fumo,

con su hija Alia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

... y otras fotos de Don Gervasio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sofía Elface Fumo

 

Febrero 1997

 

 

 

 

 

 

 

con su hijo leonaldo,

febrero de 2002

 

 

 

 

 

 

 

 

 

con sus dos hijos

marzo de 2007

 

 

Mónica Paola Ojeda, quedó ciega y manca el 21 de febrero de

2003 trás la explosión de una mina cuando volvía del colegio.

 

 

 

 

 

 

 

 

Sokheurm Man,

una mina le

amputó una

pierna con sólo

14 años cuando

volvía del cole en

Camboya

 

 

 

Sokheurm Man, con su mujer Nin Lin y su hijo.

Actualmente trabaja en el Servicio Jesuita para los Refugiados y se encarga de documentar casos de nuevas víctimas de minas antipersona

 

 

 

 

Adis Smajic, dos días después de la explosión, Marzo de 1996

 

 

 

 

 

 

 

 

Adis Smajic

en la actualidad,

con su novia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Y el fotógrafo y

periodista que

probablemente no

volverá a ver

premiado ningún

trabajo suyo en

España

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Supremo avala a los ayuntamientos para poner límites a la telefonía móvil

 

En el fallo del alto tribunal se considera que los consistorios pueden entrar a regular mediante ordenanza la emisión de radiaciones electromagnéticas en sus respectivos territorios
Carles Marquès, Ciutadella 13/06/2010
Sentencia. Se cuestionaba la capacidad reguladora municipal
- Archivo
La Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) ha dado un nuevo espaldarazo a las ordenanzas municipales de telefonía móvil que los distintos ayuntamientos menorquines aprobaron al final de la primera legislatura de Joana Barceló. En contra de lo que ha venido sosteniendo reiteradamente el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB), cuya doctrina es "de todo punto contradictoria" con la del TS, según ha admitido este mismo tribunal, los ayuntamientos pueden entrar a regular mediante ordenanza la emisión de radiaciones electromagnéticas en sus respectivos territorios. En un fallo reciente, con fecha de 27 de abril, el Supremo reconoce, en este sentido, la "legitimidad" de los ayuntamientos para establecer límites adicionales a los contemplados en la normativa estatal para estas emisiones. La sentencia, a la que ha tenido acceso "Es Diari", anula el fallo anterior del TSJB que declaró nulos, a petición de Telefónica Móviles, diversos preceptos de la Ordenanza municipal de telefonía móvil de Sant Lluís, referidos a medidas de aviso, protección de espacios sensibles y zonas saturadas. La sentencia dictada el 22 de febrero de 2006 por el TSJB anuló, entre otros, el precepto que introdujo un límite de emisión de 0,1 micro W/cm2, inferior al que recoge el Real Decreto estatal 1066/2001, y el que ordenaba mantener un espacio de protección de 200 metros alrededor de los espacios de concentración y permanencia continuada de "población sensible", tales como guarderías, centros geriátricos y centros de educación infantil. Por último, impedía también que el ayuntamiento pudiera "condicionar" la concesión de licencias urbanísticas en determinadas zonas "saturadas".

Sobre este punto, han venido discrepando el Ayuntamiento de Sant Lluís, y la compañía Telefónica Móviles España SA. El primero considera posible fijar normas de protección que superen los límites que marca la normativa estatal, que en su opinión tienen simplemente un carácter de mínimos; para la segunda, en cambio, no cabe tal posibilidad. En coherencia con la doctrina jurisprudencial que ha venido manteniendo al respecto hasta hoy, el TS ha resuelto, con algún matiz, esta cuestión a favor de la competencia municipal.

El fallo deja a las claras las diferencias de apreciación entre el Supremo y el Tribunal Superior de Justicia sobre esta cuestión. En la sentencia que impugnó el Ayuntamiento, el TSJB se mostró taxativo al afirmar que "el Ayuntamiento de Sant Lluís no dispone de competencia objetiva para introducir mayores limitaciones en lo que hace a los niveles de inmisión electromagnética (...) frente a los niveles ya vigentes en la normativa estatal". Una cuestión, ésta de las limitaciones de índole sanitario, que el tribunal consideró "la más trascendente" entre las que se planteaban. Y concluía: "La introducción de mayores limitaciones sólo puede hacerse por la Comunidad autónoma de las Illes Balears". Echaba en cara, así, al consistorio santlluïser que no se apoyara en la normativa autonómica para introducir mayores restricciones a los niveles estatales, "como ha sucedido -recordaba- en la Comunidad Foral Navarra y en Cataluña, entre otras varias comunidades autónomas".

El Ayuntamiento de Sant Lluís, por su parte, ha negado desde el principio que invada "competencia alguna de otras instituciones, porque, en todo caso, los niveles establecidos en el Reglamento estatal han de tener la consideración de mínimos tolerables, pero en ningún caso de máximos. La invasión de competencias -tal es su argumentación- se produciría en el caso contrario, es decir, en el caso de que la ordenanza pretendiera suavizar los niveles de exigencia que establece la norma estatal".

Pero el fallo del TSJB que ahora ha sido anulado cuestionaba otros aspectos de la ordenanza. Así, aseguraba desconocer "cuáles son los análisis técnicos seguidos por el Consell insular de Menorca (...) a los efectos de concluir que las emisiones radiomagnéticas deben alcanzar un entorno no superior al de 0,001 W/m2; que la superación de éste puede ser dañino para la salud de quienes se encuentran en las inmediaciones de las antenas de telefonía móvil existentes en el municipio de Sant Lluís, y que, por último, el nivel de emisiones que ha fijado el Real Decreto de 28 de septiembre de 2001 no satisface al derecho a la salud de los vecinos de dicha población". Su conclusión era inequívoca: "El Ayuntamiento de Sant Lluís debe atenerse, de forma plena, a la regulación básica estatal vigente (...), sin introducir nuevos parámetros de control para los que carece de competencias". Éste no es, desde luego, el parecer del Supremo, que, muy al contrario, entiende que los límites fijados en la normativa estatal "en modo alguno pueden ser considerados inamovibles, sino susceptibles de mayor restricción".

 

 

 

 

 

 

 



























COMITÉ NACIONAL RUSO DE PROTECCIÓN CONTRA LA RADIACIÓN NO IONIZANTE: Campos Electromagnéticos de los teléfonos móviles : Efectos sobre la salud de niños/as y adolescentes . Moscú, Abril 2011, 12 páginas


MEDIDAS PRIORITARIAS DESTINADAS A LA PROTECCIÓN DE NIÑOS/AS Y ADOLESCENTES.

Teniendo en cuenta la posición del RNCNIRP y las medidas cautelares sugeridas por la OMS, el Comité considera que se deben adoptar medidas urgentes por la incapacidad de los niños/as de reconocer los daños que produce el uso del teléfono móvil y que se puede considerar que el propio teléfono móvil es una fuente incontrolada de exposición nociva.

1. Se requiere que la información de que un teléfono móvil es una fuente de Campos Electromagnéticos de Radiofrecuencias (CEM de RF) figure claramente en el cuerpo del teléfono (o de cualquier otro aparato de telecomunicación).
2. Se requiere que la "Guía del usuario" contenga la información de que un teléfono móvil (dispositivo personal de comunicación inalámbrica mediante el método de comunicación electromagnética, etc.) es una fuente de exposición a campos electromagnéticos de radiofrecuencias nocivas. La norma sanitaria, 2.1.8/2.2.4.1190-03, desaconseja el uso del teléfono móvil a los niños y adolescentes menores de 18 años de edad, y el uso del teléfono móvil requiere la puesta en práctica de medidas de precaución con objeto de prevenir riesgos para la salud. También se desaconseja el uso del móvil a mujeres embarazadas a fin de prevenir riesgos para el feto.
3. La forma más sencilla de reducir la exposición a CEM de RF es alejar el teléfono móvil de la cabeza durante la llamada telefónica, lo cual se puede lograr mediante el uso de dispositivos de manos libres (protección por la distancia). Otra manera de reducir la exposición es acortar la duración de la llamada (protección por el tiempo).
4. El RNCNIRP considera que lo razonable es desarrollar teléfonos móviles con reducida exposición a los CEM (con dispositivos de manos libres, incluyendo funciones de prescripción, tales como la limitación del número de llamadas telefónicas diarias, la posibilidad de limitación forzosa de la duración de las llamadas telefónicas, etc.).
5. Se requiere incluir cursos sobre el uso del teléfono móvil y demás cuestiones relativas a la exposición a los CEM en los planes de estudios de las escuelas.
6. Lo razonable es establecer límites al uso de las telecomunicaciones móviles por parte de los niños/as y adolescentes, incluida la prohibición de todo tipo de publicidad de las telecomunicaciones móviles dirigida a niños/as y adolescentes y de la que incluya su participación.
7. El RNCNIRP está dispuesto a colaborar con los medios de comunicación en su labor de sensibilización y actividades educativas en el ámbito de la CEM y, en particular, a proporcionar información sobre las investigaciones más recientes acerca de los efectos de los CEM en la salud humana y las medidas para reducir el impacto negativo de este agente físico.
8. A la mayor brevedad posible, se requiere mejorar los criterios de seguridad para los niños/as y adolescentes. Se deben tener en cuenta las características del organismo en desarrollo, así como la importancia de los procesos bioeléctricos para la vida humana, y se debe abordar en un documento de rango jurídico las actividades, las condiciones actuales y futuras de los CEM y las perspectivas de desarrollo técnico y tecnológico.
9. Es necesario desarrollar y financiar un programa nacional para estudiar los posibles efectos para la salud de la exposición crónica a los CEM del cerebro en desarrollo.

PRIORITY MEASURES AIMED AT PROTECTION OF CHILDREN AND TEENAGERS

Taking into account the RNCNIRP position and the precautionary measures suggested by WHO, the Committee considers that urgent measures must be taken because of the inability of children to recognize the harm from the mobile phone use and that a mobile phone itself can be considered as an uncontrolled source of harmful exposure.

1. It is required that the information that a mobile phone is a source of RF EMF isclearly shown on the phone’s body (or any other telecommunication device).
2. It is required that the “User’s Guide” contains information that a mobile phone (personal wireless communication tool using electromagnetic communication method, etc.) is a source of harmful RF EMF exposure. Usage of a mobile phone by children and adolescents under 18 years old is not recommended by the Sanitary Rule SanPiN 2.1.8/2.2.4.1190-03, and mobile phone use requires implementation of precautionary measures in order to prevent health risks. Mobile phone use by pregnant women is not recommended in order to prevent risk for a fetus.
3. The easiest way to reduce RF EMF exposure is to move the mobile phone away from one’s head during the phone call which may be achieved by using the hands-free sets (protection by distance). Shortening the call duration is another way to reduce the exposure (protection by time).
4. The RNCNIRP considers it is reasonable to develop mobile phones with reduced EMF exposure (with hands-free sets, included limitation functions, such as limitation of the number of daily phone calls, possibility of forced limitation of phone call duration, etc.).
5. It is required to include courses on mobile phones use and issues concerning EMF exposure in the educational program in schools.
6. It is reasonable to set limits on mobile telecommunications use by children and adolescents, including ban on all types of advertisement of mobile telecommunications for children (teenagers) and with their participation.
7.The RNCNIRP is ready to assist the mass-media in their awareness-raising work and educational activities in the area of EMF and, in particular, to provide information about the newest research of the impact of EMF on human health and the measures to curb the negative impact of this physical agent.
8. Better safety criteria for children and teenagers are required in the nearest term. Features of the developing organism should be taken into account, as well as the significanceof bioelectric processes for human life and activities, present and future conditions of EMF, prospects of technological and technical development should be addressed in a document of legal status.
9. Development of a funded national program for studying possible health effects from chronic EMF exposure of the developing brain is necessary.








































El Consejo Europeo ha elaborado un informe en el que alerta sobre el uso de teléfonos móviles y Wi-Fi y sus efectos perjudiciales para los niños y los bebés. Un comité ha confeccionado una hoja de ruta que incluye la prohibición de este tipo de tecnologías en colegios y escuelas de Europa, entre otras propuestas.
Los estudios sobre el efecto de la exposición a señales electromagnéticas se contradicen unos a otros. La Organización Mundial de la Salud ha asegurado que no suponen un riesgo para las personas pero el Consejo Europeo ha confeccionado una investigación en la que asegura que sí hay peligro y apunta a los menores como el segmento de población más vulnerable.
Los datos que han hecho saltar la alarma han sido obtenidos de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), que asegura que sí existe un riesgo para la salud por la exposición a campos electromagnéticos. El Consejo Europeo ha citado los estudios de esta agencia para justificar sus temores en un informe denominado 'Los peligros potenciales de los campos electromagnéticos y sus efectos en el entorno'.
"Según la AEMA, hay indicios suficientes o niveles de evidencia científica de efectos biológicos nocivos, suficientes para invocar la aplicación del principio de precaución y de medidas eficaces, preventivas urgentes", explica el Comité del Medio Ambiente, Agricultura y asuntos Locales y Regionales.
El organismo europeo asegura que "hay suficientes pruebas de los efectos potencialmente nocivos de los campos electromagnéticos sobre la fauna, la flora y la salud humana". Por este motivo, el Consejo Europeo considera necesario "reaccionar y protegerse contra los riesgos ambientales y de salud potencialmente graves".
En este sentido, la Comisión Europea cita diversos estudios que indican que las señales pueden provocar cáncer y podrían afectar a los cerebros en desarrollo de los menores. Por ello, la Comisión Europea propondrá a los estados miembro que tomen medidas en relación al uso de teléfonos móviles y redes Wi-Fi.
Entre las medidas propuestas está la prohibición del uso de teléfonos móviles y redes Wi-Fi en escuelas infantiles y colegios. El Consejo considera esta medida un acto de prevención y protección para los más pequeños.
Además de la prohibición de estas tecnologías en los colegios, se ha recomendado que se fijen nuevos límites en los niveles de exposición a las ondas que emiten los equipos móviles. El Consejo también ha incluido entre sus propuestas un sistema de etiquetado para los dispositivos en los que se alerte sobre la existencia de la emisión electromagnética.
Para completar la información, se proponen "campañas de información específicas dirigidas a los profesores, padres y niños para alertar sobre los riesgos específicos del uso temprano, imprudente y prolongado de los teléfonos móviles y otros dispositivos que emiten microondas"
Nuevos planes de información para la población y nuevas investigaciones sobre las consecuencias de estas tecnologías son otras de las propuestas del organismo continental, que pretende concienciar sobre las consecuencias de la exposición a este tipo de señales.
El Consejo Europeo no puede obligar a los estados a acatar estas medidas, pero sus propuestas suelen ser bien recibidas y se suelen seguir sus consejos.