Nota de Prensa
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN RECONOCE LA ELECTROSENSIBILIDAD COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE LABORAL
La sentencia considera que la enfermedad fue causada por la excesiva exposición electromagnética del trabajador en las instalaciones de Endesa Con anterioridad tribunales italianos ya habían reconocido el tumor cerebral como enfermedad laboral en trabajadores altamente expuestos a la radiación del teléfono móvil El fallo judicial viene a sumarse a recientes sentencias en España concediendo la Incapacidad laboral a trabajadores afectados por electrosensibilidad
El pasado
Diciembre el Tribunal
Superior de Justicia de
Aragón confirmó la sentencia del
Tribunal de Primera
Instancia de Zaragoza
concediendo a Joaquín
Sanz el reconocimiento
de que suelectrosensibilidad había
sido consecuencia de
accidente laboral. La
sentencia reconoce que
el demandante que
desempeñaba labores como
ingeniero de sistemas
contrajo la
electrosensibilidad en
los centros de trabajo.
Joaquín
Sanz, que comenzó a
sufrir los síntomas de
su enfermedad en 2009,
realizó sus funciones en
las sedes de Endesa en
Aznar Molina y Argualas
ubicadas junto a centros
de transformación
eléctrica en los que
había un alto nivel de
exposición
electromagnética. En
2013 los servicios
médicos de la empresa le
valoraron como persona
sensible a campos
electromagnéticos, a
pesar de ello tuvo que
seguir compatibilizando
su trabajo en lugares
como las oficinas
situadas en Madrid junto
a Wifis y antenas de
telefonía.
En 2011
el tribunal Supremo de
Italia concedía a
Innocente Marcolini que
su neurinoma del nervio
craneal fue causado por
las varias horas al día
que pasaba hablando por
el teléfono móvil por
motivos de trabajo. Del
mismo modo, en 2017
Roberto Romeo conseguía
que su tumor cerebral
consecuencia del uso del
teléfono móvil fuese considerado como
enfermedad profesional
por el Tribunal de
Justicia de Ivrea. Ambas
sentencias tuvieron en
cuenta la información
científica aportada por
los peritos en la que se
demostró que hay una
relación causal entre la
radiación del teléfono
móvil y el cáncer
cerebral, lo que hizo
que en 2011 la OMS clasificase los
campos electromagnéticos
de radiofrecuencia como
categoría 2B o
posiblemente cancerígeno
en humanos.
En 2016
el ingeniero de
telecomunicaciones
Ricardo de Francisco
conseguía que el
Tribunal Superior de
Justicia de Madrid declarase que
su electrosensibilidad
era causa de Incapacidad
laboral, del mismo modo
que lo lograba en
2017 una trabajadora de
la Universidad de
Murcia.
La
Comunidad científica
lleva tiempo denunciando que
los crecientes niveles
de contaminación
electromagnética suponen
un riesgo para la salud
y que las instituciones
de protección
radiológica están
siendo influidas por
las compañías de
telecomunicaciones.
Diferentes
organizaciones
ecologistas y colectivos
de afectados vienen demandando que
se rebajen los actuales
límites de emisión
electromagnética, tanto
para la población en
general como en el
ámbito laboral.
Hay que
señalar que la Ley
General de Salud Pública española
de 2011 considera que se
deberá tomar en cuenta
el impacto en la salud
de las emisiones
electromagnéticas. Así
mismo, resaltar que la
actual Ley
de Prevención de Riesgos
Laborales, en su
artículo 25, insta a
proteger a los
trabajadores que por su
condición particular
sean especialmente
sensibles a riesgos
derivados del trabajo;
así como frente a
elementos que puedan
poner en peligro su
fertilidad, aspecto que
si se aplicase de manera
proteccionista, según la
información científica
disponible significaría
que muchos puestos de
trabajo, como aquellos
cercanos a un punto Wifi,
estarían incumpliendo la
normativa. Del mismo
modo, hay que mencionar
que Resoluciones del Parlamento
Europeo de 2009 y de
la Asamblea
Parlamentaria del
Consejo de Europa en
2011 piden medidas que
garanticen la protección
de las personas
afectadas por
electrosensibilidad.
Algunas
administraciones, como Francia y
el Estado de California,
empiezan a tomar nota de
estos nuevos peligros y
a poner en marcha
campañas informativas
para que la población
pueda disminuir la
exposición
electromagnética
mediante un uso más
razonable de la
tecnología. Sin embargo,
en España sucesivas
legislaciones -Ley
General de
Telecomunicaciones en
2014 y Real Decreto
299/2016- mantienen unos
límites para la
población y profesional
muy por encima de los demandados por
la comunidad científica,
y en 2017 el Ministerio
de Energía, Turismo y
Agenda Digital
respaldaba un informe
del CCARS –Comité
Científico Asesor
Radiofrecuencias y
Salud- vinculado a
la industria, que negaba
la electrosensibilidad y
los posibles riesgos
para la salud en los
actuales niveles de
emisión
electromagnética.
El
reconocimiento por parte
de la justicia de
enfermedades causadas
por la contaminación
electromagnética pone de
relieve que hay un
problema de
medioambiente y de salud
que no se está
atendiendo
adecuadamente. Las
infraestructuras
eléctricas y
especialmente las
tecnologías de
transmisión por
radiofrecuencia han
tenido un auge inusitado
en los últimos tiempos,
sin que hayan venido
acompañadas de
normativas que protejan
adecuadamente la salud e
información que permita
a los usuarios conocer
los usos más saludables
de la tecnología.
Los
ciudadanos están siendo
expuestos a radiación
electromagnética sin
conciencia de ello y sin
posibilidades de
protegerse. El tipo de
desarrollo y los niveles
de emisión se han venido
fijando según los
intereses de las
industrias y no según
criterios científicos
independientes. En esta
situación son los
tribunales los que han
tenido que amparar a
trabajadores afectados
por la contaminación
electromagnética. Si no
se toman medidas
urgentes, según las
previsiones de los expertos,
asistiremos cada vez más
a un aumento de
problemas de salud
relacionados con la
exposición
electromagnética, como
el cáncer, la
electrosensibilidad, la
infertilidad y los
trastornos de la
conducta infantil.
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